Época: Sociedad Feudal
Inicio: Año 1 A. C.
Fin: Año 1 D.C.

Antecedente:
Madurez de la sociedad feudal



Comentario

Las especiales características que definen la reconquista y expansión latino-cristiana en la Península Ibérica (enfrentada desde antes del siglo XI con el Islam de al-Andalus), aceleradas en éstos siglos del crecimiento con la ampliación de los dominios hispano-cristianos desde el norte cantábrico y pirenaico hasta el valle del Tajo, el del Ebro, el Guadalquivir, Valencia y Baleares durante los siglos XI al XIII, justifican la atención particular al desarrollo del feudalismo ibérico que, sin apartarse de las grandes líneas de acción y ejecución, ofrece aspectos peculiares vistos de diferente forma por la historiografía al uso.
El libro de Julio Valdeón sobre el "Feudalismo" y el capítulo dedicado en el mismo al "Feudalismo en España" nos permite, además, disponer de una revisión actualizada del problema que integrado en el conjunto del libro también reciente sobre "Las claves del feudalismo" nos presenta su autor, P. Iradiel. Problema que particularmente desarrolla asimismo J. M. Mínguez en su visión actualizada de "La Reconquista".

Debe tenerse en cuenta que la Península Ibérica iba a convertirse en estos siglos en una frontera política, económica y cultural entre dos mundos enfrentados pero también complementarios: el cristianismo-feudal occidental por un lado (con una economía de base fundamentalmente agraria] y el urbano-comercial musulmán oriental por otro. Aquél invadiendo progresivamente de norte a sur la refinada civilización de al-Andalus y el segundo abandonando poco a poco su originalidad para replegarse paulatinamente en la contaminación occidental que las nuevas invasiones almoravide (siglo XI) y almohade (siglo XII) quisieron evitar antes del descalabro definitivo de las Navas de Tolosa en 1212.

En este marco geopolítico hay que situar la gestación del feudalismo hispánico, su evolución y expansión de norte a sur, en un proceso que condicionó e implicó a todos los reinos peninsulares (Castilla y León, Aragón y Cataluña, Navarra o Portugal). Comenzando por el hecho de que se admite sin reservas la instalación en España de las instituciones feudo-vasalláticas y de los señoríos laicos y eclesiásticos, aunque varíen algunas interpretaciones al respecto que suponen un adelanto o retraso, según los historiadores, del fenómeno político y socioeconómico del feudalismo y una mayor o menos feudalización de las estructuras productivas.

Ahora bien, al margen de interpretaciones exclusivamente jurídico-institucionales, que en España han tenido una larga y fructífera tradición, o de revisiones socioeconómicas, más renovadoras y actualizadas, y también más polemizadas, nadie niega la situación mayoritariamente dependiente del campesinado, la proliferación e imposición de vínculos familiares y de linaje entre los miembros de la clase dirigente o la difusión y potenciación de los señoríos en las tierras ya ocupadas o en las de nueva ocupación cristiana y desalojo musulmán

Las mismas leyes que propiciaban la repoblación y los asentamientos en las tierras y comunidades recuperadas para los reinos del norte (fueros especialmente) señalaban ya una diferenciación social muy marcada y acusaban la función militar en aquellas zonas de Extremadura en donde el riesgo parecía significar patente de corso y garantía de absoluta libertad, cuando fueron caballeros y órdenes militares en general quienes se repartieron el dominio señorial de comunidades de aldea, villas y pequeñas ciudades con cierto potencial artesano-comercial. Y ni siquiera algunas ciudades escaparían de la dependencia feudal o eclesiástica, como en el resto del Occidente europeo no peninsular.

El que en muchos casos el protagonismo de la expansión y repoblación agraria correspondiera a la iniciativa de los campesinos bajo el aliciente de las ventajas ofrecidas por la autoridad pública del rey, no significa que después la situación cambiase hacia un régimen de dependencia que convirtió a campesinos libres en siervos. El hecho de una mayor o menor influencia carolingia antes del año mil no impone señalar diferencias abismales entre el feudalismo noroccidental del Cantábrico al Duero (y de este río al Tajo) y el nororiental pirenaico y catalán. El paso de una sociedad gentilicia pirenaica a otra feudal se hizo similarmente en el área astur-leonesa. Los tópicos sobre la absoluta libertad de las extremaduras, tanto al oeste como al este (castellana o aragonesa) se resuelven igualmente a favor de una limitación manifiesta y condicionada por la diversidad social de los que acudieron a ellas para asentarse y empezar una nueva vida en muchos casos, huyendo de la justicia, de la presión familiar y local o de la exclusión de la herencia. Todo ello en un marco de actuación que, con algunas peculiaridades en determinados casos, ofrece un panorama bastante parecido en todos los reinos y señoríos.

Como señala Valdeón, y certifican otros autores para escenografías concretas (Mínguez para Castilla, Salrach para Cataluña), "la feudalización, contemplada en su acepción amplia, que engloba tanto las relaciones sociales de base como a las establecidas entre los miembros de la cúpula dirigente (relaciones feudo-vasalláticas en sentido estricto), se propagó por la Península Ibérica al compás del progreso de las armas cristianas sobre el poder político islámico. Así sucedió en el valle del Ebro, en la Cataluña Nueva, en La Mancha, en Extremadura, en las Baleares, en el reino de Valencia o en la Andalucía Bética. Ni que decir tiene, sin embargo, que las modalidades concretas de cristalización de los elementos feudales variaron en función del tiempo y del territorio específico sobre el que se aplicaban, pero también de la mayor o menor presencia de población heredada de al-Andalus".

Esto sí que fue una novedad y sustancial diferencia hispánica que no se encuentra en el resto de Europa: la presencia de musulmanes en los dominios señoriales y en las ciudades bajo control cristiano una vez ganado el país para la romanidad occidental por los reyes peninsulares. Son las comunidades mudéjares protegidas del monarca por una jurisdicción especial pero sometidas a regímenes fiscales onerosos que acabaron por arruinarlas en la baja Edad Media.

En efecto, en la repoblación aragonesa y valenciana permanecieron muchos musulmanes (mudéjares) en tierras sometidas a señores feudales a partir del siglo XIII; en la Mancha y el sur del Tajo, las órdenes militares establecieron grandes y poderosos señoríos; y en la Andalucía Bética, como estudia M. González, existieron "donadíos" entre la Iglesia, las órdenes mencionadas y los nobles que acudieron a la llamada de una tierra abandonada por el Islam con mayor tristeza que el resto.

Así, en el siglo XIII, culminado el gran proceso reconquistador (que se remataría más localizadamente en los siglos bajomedievales), toda la Península Ibérica, incluida Portugal, estaría cubierta por una red de dependencias, relaciones y vinculaciones feudo-señoriales en las que "la dicotomía señores-campesinos era, sin duda, el eje de la estructura social. Los señores obtenían rentas de sus propiedades y ejercían derechos jurisdiccionales. Y los campesinos, aunque disponían del dominio útil de la tierra, se encontraban bajo la dependencia de aquellos".